EPMSC Pereira


DIRECCIÓN: Carrera 8 # 41-97

TELÉFONO: Indicativo Pereira 6 PBX 311 67 00

DIRECTOR: DR. ALEXANDER ZAPATA LARGO

CORREO ELECTRÓNICO PRINCIPAL: epcpereira@inpec.gov.co

CORREOS ELECTRÓNICOS DE DEPENDENCIAS:

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BREVE RESEÑA HISTÓRICA:

(El inmueble donde funciona el EPMSC DE PEREIRA fue entregado en donación por el Departamento de Caldas al recién creado Departamento de Risaralda el 05 de Mayo de 1971. Según escritura No. 382 el 23 de Marzo 1939 se protocolizo el acto en la notaría Segunda de Pereira por valor de $ 12.738 (Doce mil setecientos treinta y ocho pesos) donde las señoras Elvira, Esther y Dolores Posada Toro, venden estos terrenos al departamento de Caldas. La institución llevo el nombre de Cárcel del Distrito Judicial de Pereira hasta el año 2002, y comúnmente conocida como “La Cuarenta”, debido a que en el momento de su construcción el trazado de calles solo llegaba hasta allí (Calle 40), este hecho se quedó en la mente de los Pereiranos.

Cuando Planeación Municipal efectuó el delineado de las calles y carreras debido al crecimiento poblacional de esta ciudad, le correspondió al Establecimiento Carcelario el actual, que corresponde a las calles 41 y 42 entre carreras 8º y 9º. Según Resolución No. 1288 de Mayo 09 de 2002, por medio de la cual se modifica, se aclara y se adiciona unos artículos de la resolución 01139 de 26 de Abril de 2002: “Por medio de la cual se clasifican y se determinan las categorías de los establecimientos de reclusión”. Este establecimiento se designó como Centro de Reclusión de Pereira. En Diciembre de 2002 llega la resolución 3786 de Noviembre 25 de 2002 mediante la cual se resuelve la reglamentación aplicable a los centros especiales de reclusión. Este establecimiento fue designado por la Dirección Regional Viejo Caldas para asumir esta categoría. Se destinó el patio No. 1 como establecimiento de Reclusión Especial (E.R.E) para albergar la población contemplada en el artículo 29 de la ley 65 de 1993. Para acatar el cumplimiento de la sentencia T-153/98 la Dirección General, Asuntos Penitenciarios y Oficina de Planeación del INPEC, en coordinación con las Direcciones Regionales estableció la clasificación de los Establecimientos Carcelarios. La cárcel de Pereira fue clasificada como mixta, debe albergar internos sindicados y condenados. Actualmente esta institución recibe el nombre de ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE MEDIANA SEGURIDAD Y CARCELARIO DE PEREIRA (EPMSCPEI). Desde el año de 1996, en este establecimiento carcelario solo se ha presentado un amotinamiento de relevancia el día 29 de noviembre de 1999 en el patio número 4, a las 07:30 horas aproximadamente, cuando la totalidad de internos de dicho patio opusieron resistencia al conteo y a la requisa porque le fue decomisado al interno Fidel Antonio Rodríguez Vargas (líder del patio) armas de fabricación carcelaria y alucinógenos. La protesta tuvo una duración de seis horas, desde las 09:00am a las 15:00 horas de la tarde, por medio de la Defensoría del Pueblo y la Personería se logró volver a la normalidad. Hasta el momento no se ha presentado situaciones semejantes.

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